Según la información proporcionada al respecto, el denominado Acuerdo de Asociación Estratégica involucra un amplio conjunto de temas vinculados con el comercio bilateral. A efectos de tener una panorama preciso en la materia, debe señalarse que, durante el año 2018, ambos bloques mantuvieron un intercambio total del orden de los 122.000 millones de euros (88.000 millones en bienes, y 34.000 millones en servicios). En tanto la balanza de bienes se encuentra equilibrada, la balanza de servicios es notoriamente favorable a la UE (esta última exporta al Mercosur más del doble del monto de sus importaciones desde allí bajo este concepto).
El Acuerdo prevé que se eliminen los aranceles aduaneros que gravan el 93% de las exportaciones de bienes del Mercosur a la UE. De tal modo, una vez que el Acuerdo esté en vigencia, un gran número de bienes exportados por el Mercosur pasarán a tener arancel cero (tales como harina y poroto de soja, frutas, legumbres, infusiones, especias, frutos secos, y productos de la pesca); en tanto que otros verán reducidos sus aranceles gradualmente o bien estarán sujetos a cuotas cuantitativas (carnes, etanol, arroz, miel, azúcar, etc). Por otro lado, disminuyen también los aranceles del 91% de aquellos bienes que la UE exporta al Mercosur (autos y autopartes, maquinaria, químicos e indumentaria, entre otros; así como ciertos alimentos y bebidas). En gran medida, para los países del Mercosur se han establecido plazos de desgravación relativamente prolongados (entre 10 y 15 años) a fines de posibilitar su adecuación frente a la competencia de las importaciones provenientes de la UE.
Adicionalmente, el Acuerdo establece normas sobre asuntos sanitarios y fitosanitarios, protección del ambiente y condiciones laborales, comercio de servicios, e-commerce, acceso a contrataciones del sector público, derechos de propiedad intelectual, denominaciones geográficas, estándares y regulaciones técnicas, acceso facilitado a materias primas y partes, PyMEs (incluyendo que cada una de las partes designe a un “Coordinador PyME” específico para cooperar en identificar maneras en que estas empresas se beneficien del Acuerdo), mecanismos de salvaguardia, y transparencia.
Para la implementación práctica, no obstante, resta aún recorrer un camino formal complejo y prolongado. Los próximos pasos comprenden la revisión legal del Acuerdo para poder luego obtener una versión definitiva, su ulterior traducción a los idiomas oficiales de la UE, y su posterior tratamiento y aprobación por parte del Parlamento Europeo y su ratificación por los parlamentos de los 28 estados miembros de la Unión (todo ello sin considerar la pertinente aprobación de los cuatro países del Mercosur). Se estima que este proceso podría demandar no menos de dos años (aunque este tiempo podría abreviarse bajo ciertas condiciones).
Sin embargo, más allá del momento concreto de la puesta en vigencia del Acuerdo, la nueva situación creada por el entendimiento entre ambos bloques genera desafíos en forma inmediata. Muchas empresas del Mercosur verán la posibilidad de ampliar significativamente sus mercados de exportación una vez que el Acuerdo entre en vigor, en tanto que otras deberán elaborar planes para afrontar una competencia inédita a mediano plazo. Lo antes citado seguramente implicará evaluar inversiones, asociaciones y estrategias de diversa índole. Dada la trascendencia económica del Acuerdo, estas cuestiones requieren de atención prioritaria.
(*) Licenciado en Economía. Director de Finanzas Corporativas de SMS–San Martin Suarez y Asociados. Consultor MISIÓN PYME.